Corte Constitucional extiende 3 meses período de lactancia para trabajadoras privadas, de acuerdo a la nueva Resolución de la Corte Constitucional las trabajadoras privadas podrán hacer uso del derecho a la lactancia por un período ampliado de hasta tres meses.
La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la frase “posterior al parto” del artículo 155 del Código de Trabajo, inciso tercero, porque hace una “distinción injustificada” entre las madres del sector público y del sector privado.
Como lo declara esta nueva ley las madres tendrán una licencia de maternidad de 12 semanas (3 meses) y un período de lactancia de dos horas diarias por 12 meses más es decir hasta que el niño cumpla los 15 meses de nacido.
Licencia de maternidad y periodo de lactancia para trabajadoras del sector privado
Anteriormente las empleadas privadas tenían una licencia de maternidad de 3 meses y por periodo de lactancia solo era hasta que el menor cumpliera un año es decir solo 9 meses de periodo de lactancia.
Domo se mencionó anteriormente esto ha cambiado y ahora las madres del sector publico contratadas bajo la legalidad del código de trabajo podrán tener un periodo de lactancia hasta que el menor cumpla los 15 meses de edad junto a la licencia de maternidad de por 3 meses.
Pero para el caso de las madres que laboran en el sector público, bajo la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) gozan de la licencia de maternidad de tres meses y un período de lactancia de 12 meses.
¿Debe de existir igualdad entre madres del sector privado y madres del sector público?
La Abogada laboral Vanesa Velásquez señalo que “No debe haber diferencia entre una madre que trabaja en el sector privado y una madre que trabaja en el sector público”.
La modificación se hace en el artículo 155 del Código del Trabajo que establece: “Durante los doce (12) meses posteriores al parto, la jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de conformidad con la necesidad de la beneficiaria”. Con el fallo se retina la frase “posterior al parto” e iguala las dos normas.
Además, Velásquez señalo que para realizar cambios en esta ley o para definir el periodo de maternidad o periodo de paternidad siempre se ha tomado como prioridad los derechos de la madre o el padre cuando en realidad quien es el perjudicado o beneficiado de las horas que se le asignen es el menor.
¿Aplica esta ley para las madres que ya se encuentra con licencia de maternidad o periodo de lactancia?
“Hay que entender irretroactividad de cualquier norma legal, es decir, el cambio se aplica para las mamás que empiezan el período de lactancia. Sin embargo, la Corte debería hacer una aclaración sobre si el fallo afecta a las madres que en este momento ya están en goce de este derecho, porque la sentencia de la Corte no lo específica” menciono la Abogada.
La decisión de la Corte se tomó más de dos años después de que se presentara una acción pública de inconstitucionalidad sobre el fondo del artículo 155 del Código de Trabajo.
Descarga a continuación la Nueva Resolución:
FUENTE: Información obtenida del siguiente enlace; https://www.elcomercio.com/actualidad/negocios/corte-extiende-periodo-lactancia-trabajadoras-privadas.html